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Ordenan al GCBA diseñar un plan de emergencia habitacional para las familias del Barrio Padre Mugica afectadas por el derrumbe

03 de Febrero de 2023

Ordenan al GCBA diseñar un plan de emergencia habitacional para las familias del Barrio Padre Mugica afectadas por el derrumbe

  • Ordenan al GCBA diseñar un plan de emergencia habitacional para las familias del Barrio Padre Mugica afectadas por el derrumbe.
  • Ordenan al GCBA diseñar un plan de emergencia habitacional para las familias del Barrio Padre Mugica afectadas por el derrumbe.
  • Ordenan al GCBA diseñar un plan de emergencia habitacional para las familias del Barrio Padre Mugica afectadas por el derrumbe.
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Patrocinados por Nicolás Buitrago, Defensor interino a cargo de la Unidad Especializada en Procesos de Urbanización e Integración Social (UEPUIS) del MPD CABA, los y las vecinas del Barrio “Padre Carlos Mugica” que afectados por el derrumbe y posterior incendio que ocurrió el pasado 18 de enero, obtuvieron una medida cautelar a su favor que ordena al Gobierno de la Ciudad diseñar un plan de emergencia habitacional y reconstruir las viviendas afectadas.

Al hacer lugar a la medida, el Juez Roberto Gallardo dispuso que el GCBA deberá presentar un plan de obras cuya ejecución prevea una extensión no mayor a 10 días. Además, ordenó al Gobierno producir un informe detallado de las viviendas afectadas, indicando cuál es su situación estructural, qué elementos personales sufrieron daños, quiénes las habitan —sus datos y afecciones a la salud o discapacidades— y en qué condiciones están  las personas afectadas.

Como los vecinos y vecinas no pueden acceder a sus casas por estar clausurado el pasillo que las comunica, debiendo hacer guardia con sus hijos en la calle para que no les sustraigan sus pertenencias, el Magistrado ordenó que se haga efectiva una consigna policial durante las 24 horas de todos los días de la semana. Asimismo, dispuso que se remuevan los escombros y que se garanticen las necesidades de higiene, salubridad y alimentación de las familias. En cuanto al plan de emergencia habitacional, estableció que este no podrá incluir subsidios económicos o paradores nocturnos. 

En su sentencia, el Juez recordó que el Estado en ninguna de sus formas o especies debe identificarse con aquellas personas que huyen o miran hacia otro lado. Por el contrario, tal institución reconoce y respeta, alienta y promueve, ayuda y suple a las personas y a sus expresiones sociales, a fin de posibilitarles la obtención de todos los bienes que les permitan a su vez desarrollarse y lograr sus fines propios. 

Asimismo, el Magistrado se refirió a las fotos tomadas por personal de la UEPUIS-MPD, el acta suscripta por el arquitecto del MPD y el relevamiento efectuado por el Defensor, que dan cuenta que entre las familias afectadas hay personas mayores, una mujer embarazada; niños y niñas e incluso; personas con problemas de salud. Además, surge de esta documentación que si bien se manifestó la intención de realizar un plan de mejoramiento no se precisó ni el plazo ni fecha de inicio, que los vecinos no están recibiendo asistencia psicológica y que no cuentan con baños químicos, ni reparos frente a las inclemencias climáticas, inseguridad barrial u otros problemas. A esto se suma que muchos perdieron el presentismo en sus empleos y sufrieron pérdidas económicas.

A entender del Juez, todo esto expone una grave situación de vulnerabilidad habitacional que pone en grave riesgo la vida y la salud de los grupos familiares involucrados, sobre todo ante el riesgo de derrumbe de otras estructuras y de ocurrencia de siniestros causados por la presumible deficiente instalación eléctrica. No obstante ello, el Juez planteó que, a pesar de la gravedad de los hechos sucedidos y del tiempo transcurrido, la demandada no ha dado respuesta eficaz e integral a la problemática habitacional de los vecinos afectados, ni respuesta a las cuestiones suscitadas como consecuencia del derrumbe.

En la acción de amparo presentada por los vecinos alegaban que el derrumbe había sido consecuencia de la demolición de dos viviendas del barrio. Y que la demolición la  llevó a cabo el GCBA sin respetar los protocolos del “Plan de Gestión Ambiental y Social”. Asimismo, relataban que su situación se había agravado por la falta de asistencia del Gobierno. 

El MPD acompaña a las personas afectadas durante todo el proceso de manera permanente para promover el acceso igualitario a la justicia en todo el  territorio de la CABA.